660.000 €

Jerez de la Frontera
¡Te presentamos en exclusiva esta maravillosa casa-palacio en pleno corazón de Jerez, con impresionantes vistas a San Miguel! Con una superficie total de 950 metros cuadrados, esta propiedad se distribuye en dos plantas y una entreplanta, ofreciendo un pecado. . En la planta baja encontrará un amplio garaje con capacidad para varios coches, un gran patio, una bodega y espacios adicionales que pueden transformarse en apartamentos, más garaje o lo que desee. En la planta superior, disfrutarás de una hermosa vivienda que consta de una cocina con patio, tres dormitorios independientes, cada uno con su baño completo y más espacio.. . La entreplanta alberga un ático con un gran salón, salida a la terraza, una cocina muy amplia y un dormitorio con baño en suite.. . Esta casa es ideal como inversión turística o para varias familias que deseen convivir bajo un mismo techo, con la privacidad que cada uno necesita.. . Si lo que buscas es una propiedad con un gran potencial, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. ¡Esta es tu oportunidad!. . Gastos e Impuestos. NOTA INFORMATIVA SOBRE LOS GASTOS E IMPUESTOS DE LOS PRECIOS EXPUESTOS EN ESTA WEB EN LAS OFERTAS DE INMUEBLES DE SEGUNDA MANO A LA VENTA. Salvo las operaciones de compra de viviendas de obra nueva que están sujetas al 10% de IVA, las de segunda mano están sujetas a ITP, cuyo tipo general es del 7% respecto al precio de venta, pero en casos especiales se puede ver reducido al 6% o 3,5% en virtud de lo dispuesto en la Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía junto con modificaciones introducidas por normas posteriores como el Decreto-ley 7/2021 y la Ley 8/2025 de Presupuestos para 2026.. Los gastos de Notaría y Registro dependerán del precio final de la compraventa, número de copias de la escritura, número de páginas de la escritura, complejidad, etc, en virtud de lo dispuesto en el Anexo I del Real Decreto 1426/1989, por el que se aprueba el arancel general de Notaría y el Anexo I del Real Decreto 1427/1989, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.. . En caso de necesidad de financiación bancaria para la compra, los gastos de la misma deberán ser obtenidos de la entidad bancaria que vaya a financiar la operación.. El comprador, en caso de que querer adquirir la vivienda a través de la agencia, deberá abonar a ésta unos honorarios que ascienden al 3 % del precio de la compraventa, con un mínimo de 4.000.-€, más IVA del 21%.. Se hace constar que la agencia efectúa una labor de intermediación y que las condiciones finales de la compraventa quedan sujetas a la aceptación expresa de la parte vendedora y a la formalización del contrato.