160.000 €

Málaga
Si buscas una inversión párate un momento a ver este anuncio.. . Te presentamos este interesante local en la zona de olletas, en Málaga. Este inmueble está situado en un lugar lleno de vida con vecinos de siempre y, a su vez, con ese aire de estar en pleno centro por la cantidad de comercios y lugares que lo rodea.. . Lo mejor de todo es que a pocos minutos está la zona universitaria del Ejido, así que si quieres emprender un negocio, tiene una situación muy buena para poder sacarle rentabilidad.. . Tiene buena comunicación con carreteras principales y autovías. Las líneas de autobús más cercanas son la 1 y C1.. . Este local tiene la viabilidad de cambio de uso a vivienda.. - Amplia sala principal con split en pared.. - 2 Baños, uno de señora y otro de caballero.. - Zona de Cocina.. - Oficina.. - Almacén.. . El suelo es de Terrazo.. . Medidas: . - Fachada: 5 metros. - Altura: 4,5 metros. . Última actividad: Bar.. . IBI: 271€/Año. Comunidad: 23€/Mes. . Si necesita solicitar un préstamo o hipoteca, asesórese con nuestro departamento financiero, y sin compromiso.. . Estimación de gastos a cargo del comprador: La compra está sujeta al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), (Ley 5/2021 de Tributos Cedidos), cuyo tipo general máximo es del 7%: 11.900€. La base imponible será el mayor valor entre el precio escriturado y el valor de referencia catastral (art. 10 TRLITPAJD). Podrían resultar aplicables tipos reducidos según las circunstancias personales del comprador. Los gastos de escritura pública y de inscripción en el Registro de la Propiedad están regulados por arancel oficial (RD 1426/1989) y (RD 1427/1989) respectivamente. Estimación orientativa de 2.200€ para gastos notariales, registrales y gestoría. Los gastos de plusvalía municipal (IIVTNU) son a cargo del vendedor (art. 104 TRLRHL). Los honorarios de intermediación inmobiliaria a cargo del comprador, no están incluidos en el precio final de compraventa (3%+IVA): 6.171€. Coste total estimado para el comprador: 190.271€. Esta estimación es orientativa y se facilita conforme al art. 20.1. c) TRLGDCU. El importe definitivo dependerá de las circunstancias concretas de la operación y del comprador.. . Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento Básico para la certificación de la eficiencia energética de las viviendas y edificios.. .