56.000 €

La marina
En cumplimiento de las obligaciones de información previstas en la Ley 10/2025, de 28 de diciembre, de servicios de atención a la clientela y transparencia, así como en la normativa sectorial vigente, se hace constar que el precio indicado no incluye los gastos e impuestos inherentes a la adquisición por ser de difícil estimación, los cuales se desglosan al pie del anuncio de forma orientativa y con remisión a la normativa de aplicación.. . Se vende parcela de 2.140 m2 en la Partida de La Marina - Elche.. . La ubicación es ideal, cercana a la población con todo tipo de servicios y al mar. Tiene acceso por la carretera nacional 332 y próxima al camino del Pinet. En la actualidad no se puede construir a pesar de que el Catastro indica que el suelo es urbano, pero consultado con la sección de urbanismo del ayuntamiento de Elche a fecha de hoy no se puede construir, es posible que fuera urbanizable en un futuro pero sin fecha. Se podría decir que es una inversión de futuro con pocos gastos de mantenimiento. Es una zona con mucha demanda por su cercanía a la playa a tan sólo 1.200 mts.. . Esta parcela esta sin vallar y se accede por calle asfaltada hasta justo la parcela. Rodeada de chalets y bungalows y de un camping próximo. El vallado esta permitido siempre y cuando sea provisional, no de bloque. . . Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP): Se aplicará el tipo impositivo vigente en la Comunidad Valenciana cuya tarifa se encuentra entre el 4% y el 11%, atendiendo a los siguientes factores: a) Circunstancias personales del comprador (edad, discapacidad, etc.); b) Calificación del inmueble (vivienda libre, vivienda protegida/pública); c) Precio de compraventa. Siendo el tipo general el 10%(*). El devengo del impuesto se realiza sobre la mayor de las dos siguientes magnitudes: Precio de compraventa o Valor de Referencia de Catastro.. Gastos de Notaría: Los honorarios notariales se calcularán conforme al arancel oficial regulado en el Anexo I, del Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel Notarial.. Gastos de Registro: La inscripción en el Registro de la Propiedad se facturará según el arancel oficial establecido en el Anexo I, del Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel Notarial.. Honorarios de intermediación inmobiliaria: a cargo del vendedor.. (*) Para una información exhaustiva sobre el funcionamiento, tipos impositivos y bonificaciones del ITP en su Comunidad Autónoma, puede consultar el portal oficial de la Agencia Tributaria autonómica en el siguiente enlace: https://atv.gva.es/es/itpajd. . .