Parcela urbana edificable en Benissa

143.460 €
Benissa
Tipo de negociación Venta
m2 467 m²
Habitaciones 3
Baños 2
Presentamos este excepcional solar de uso residencial que abarca una superficie total de 470 m2, situado estratégicamente en el casco urbano de la encantadora localidad de Benissa, en la provincia de Alicante. Este terreno se encuentra perfectamente comunicado gracias a su proximidad con la carretera nacional N-332 y las vías CV-745 y CV-7470. La conveniencia del transporte público está garantizada por una parada de autobús cercana que conecta con líneas interurbanas. Además, los residentes disfrutarán del acceso a un completo conjunto de servicios locales tales como farmacias, supermercados, restaurantes y comercio local variado. Según el Plan General Urbano (PGOU) vigente para Benissa, este solar pertenece a la Unidad de Ejecución 2 POU D´AVALL e incluye unas posibilidades edificatorias destacadas: permite construir hasta un total aproximado sobre rasante bajo condiciones específicas; permitiendo edificar hasta unos generosos metros cuadrados tanto arriba como abajo del nivel terrestre.. . . El precio publicado corresponde exclusivamente al terreno y no incluye impuestos ni gastos derivados de la compraventa, que serán de cuenta de la parte adquirente, salvo disposición legal imperativa o pacto expreso en contrario.. Entre dichos gastos se incluyen, con carácter meramente enunciativo y no limitativo, el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) o, en su caso, el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) y Actos Jurídicos Documentados (AJD), así como gastos de notaría, registro de la propiedad, gestoría y, en su caso, honorarios de intermediación inmobiliaria.. En caso de transmisiones sujetas a ITP, se aplicará el tipo vigente en la Comunitat Valenciana en la fecha del devengo. Con carácter general, el tipo aplicable será el establecido por la normativa autonómica vigente en cada momento, que actualmente se sitúa, con carácter orientativo, en el 10% (14.346 €) con carácter general, pudiendo variar conforme a dicha normativa y sin perjuicio de la posible aplicación de tipos reducidos cuando proceda. La base imponible será la mayor entre el precio de compraventa declarado y el valor de referencia catastral determinado conforme a la normativa tributaria vigente.. En el caso de terrenos, la tributación podrá estar sujeta a IVA y AJD cuando la transmisión se realice por empresario o profesional o cuando, conforme a la normativa del IVA, no resulte sujeta a ITP, aplicándose el tipo que corresponda en cada caso según la normativa vigente.. Los gastos notariales y registrales se determinarán conforme a los aranceles oficiales establecidos en el Real Decreto 1426/1989 y el Real Decreto 1427/1989, respectivamente. En su caso, los honorarios de gestoría podrán oscilar orientativamente entre 300 € y 400 €, IVA incluido, en función del alcance de los servicios efectivamente contratados.. Honorarios de intermediación inmobiliaria: con carácter general y salvo pacto en contrario, serán asumidos según lo acordado en cada operación y normativa aplicable.. La información es meramente informativa, orientativa y no contractual, pudiendo contener errores, variaciones de precio o condiciones o retirada sin previo aviso, sin responsabilidad legal.. No constituye oferta vinculante ni compromiso contractual.. Superficies, linderos y características son aproximadas y deben verificarse en documentación oficial.. La clasificación urbanística y usos dependen del planeamiento vigente, pudiendo existir limitaciones.. Se recomienda verificación oficial y asesoramiento profesional independiente antes de cualquier decisión.. .

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Publicado el 11/10/2024
Última actualización el 26/04/2026
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